Vital interés para aquellas personas jubiladas entre enero de 2016 y 3 de febrero de 2021
Si conocéis a personas, u os encontráis, en la siguiente situación pueden/podéis tener derecho un incremento de la pensión de jubilación del 5 %, 10 % o 15 %.
El motivo del presente e-mail es de vital interés para aquellas personas jubiladas entre enero de 2016 y 3 de febrero de 2021.
Si conocéis a personas, u os encontráis, en la siguiente situación pueden/podéis tener derecho un incremento de la pensión de jubilación del 5 %, 10 % o 15 %. Os recomendamos tomar acción ante la posible prescripción de la solicitud.
¿Quién puede solicitar el complemento de “maternidad” para su pensión?
1. Quienes sean pensionistas desde el 1 de enero de 2016 hasta febrero de 2021.
2. La pensión habrá de ser de viudedad, jubilación o incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados: total, absoluta o gran invalidez).
3. Quienes acrediten haber tenido dos o más hijos.
4. Que la jubilación no haya sido anticipada y voluntaria
Este complemento no es aplicable a las personas que sólo tienen un hijo.
Enlace web info: https://www.castresanaasesores.com/general/esta-usted-jubilado-reclame-el-complemento-por-maternidad-en-su-pension-de-jubilacion/
Si estuvieran interesados Vds. o sus asociados en reclamar el citado complemento no duden en contactarnos, estamos en C/MARQUES DE VALLEJO, 2, PLANTA 1º, 26001, LOGROÑO, telefono 941 24 06 60.
-
Sentencias de interés del ámbito laboral
Vea algunas sentencias de interés aparecidas recientemente.
-
¿Autónomo por acuerdo mutuo? (Infografía)
Un candidato propone a su empresa trabajar como autónomo para ahorrar costes. ¿Puede aceptar?
-
Registro de jornada con huella
¿Se puede fichar con huella dactilar?
contenido exclusivo